DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE el presente Recurso de Apelación de Apelación de Auto interpuesto por el ABG. YANSO ZAMBRANO, INPREABOGADO Nº 126.903, de conformidad con el artículo 439, numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal, en contra de la decisión dictada en el Acto de Audiencia de Presentación de fecha 09 de junio de 2017 y posterior publicación de resolución judicial de fecha 12 de junio de 2017, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Valles del Tuy. Así mismo como consecuencia de la admisión del presente Recurso este Tribunal Superior, resolverá sobre la procedencia de la cuestión planteada, dentro del lapso p.....