...declara:
PRIMERO: La INTERDICCION PROVISIONAL, del ciudadano RODRIGO ALEJANDRO DA COSTA VILCHES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.452.827, y lo coloca bajo tutela conforme a lo establecido en el artículo 396 del Código Civil, y le designa TUTOR INTERINO, a su legítima madre, ciudadana MARIA ELENA VILCHES DE DA COSTA, chilena, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-81.669.563, todo conforme a lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil y 396 del Código Civil. El presente decreto surte sus efectos a partir de la presente fecha.
SEGUNDO: Se ordena la protocolización del presente decreto en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Brión del Estado Bolivariano de Miranda, así como su publicación en la prensa, dentro de los quince días siguientes a la presente fecha, conforme a lo establecido en los artículos 414 y 415 del Código Civil.
TERCERO: Se ordena la continuación del presente pr.....