....CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos MARTIN UTRERA SILVA y YASUNES MARGARITA CAMPOS MUÑOZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.752.276 y 10.094.622, respectivamente y en consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, existente ......Por lo que respecta la hija habida durante la vigencia del matrimonio, este Juez Unipersonal N° 02, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 349 y el parágrafo primero del artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara que la Patria Potestad de los adolescentes FRANCISCO JAVIER y YAIFRELIS YARISMAR y la niña YARLING YANSISMAR, será ejercida por ambos padres. La Guarda y Custodia será ejercida por el padre, según lo establecido en la solicitud.