Declarar con lugar la solicitud de cambio de medida cautelar, interpuesta por la Defensa a favor de su defendido ____________, ampliamente identificado a marras, la cual fue impuesta por este Despacho en la audiencia de presentación de detenidos efectuada el 04-12-2003, consistente en caución personal y se mantiene la prevista en el artículo 582 literales “c, d y f” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en la obligación de presentarse cada ocho (08) días, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a partir del día lunes 15 de diciembre del presente año, prohibición de salir fuera de jurisdicción de este Tribunal, ni del Area Metropolitana de Caracas sin la autorización previa del misma y la tercera prohibición de participar en manifestaciones públicas, en forma agresiva y violentas, así como prohibición de tomar cualquier represalia en forma directa o indirecta en contra de los ciudadanos Ingrid Micett, Manuel .....