... PRIMERO: El Tribunal acuerda la solicitud del Ministerio Público de continuar el procedimiento por la vía ordinaria de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, para que se realice una investigación serena, ponderada dirigida al esclarecimiento de los hechos y la verdad. SEGUNDO: Este Tribunal acuerda imponerle al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, las medidas cautelares establecida en el artículo 582, Literal "B, C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, referida a entrega a su representante legal presente en sala. Presentaciones periódicas ante este Tribunal de la causa, cada ocho (08) días por el lapso de tres (03) meses. Por encontrarse incursas en la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, según lo previsto en el artículo 456 del códig.....