PRIMERO: Se admite totalmente la acusación Fiscal en contra del ciudadano: Reyes Sulbaran Pedro Rafael, quien es de nacionalidad Venezolana, Indocumentado, quien manifestó ser titular de la cédula de identidad Nro. V-16.590.304, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el 07-01-1982, de 23 años de edad, de profesión u oficio Estudiante de quinto año de Bachillerato en el Liceo Jesús Muñoz Tébar, manifestando estar actualmente de vacaciones, quien labora actualmente en el Hotel Ismar, ubicado en la Avenida Guaicaipuro de este ciudad de Los Teques, de estado civil soltero, hijo de PEDRO REYES BLANCO (V) y MARIA DE LAS NIEVES SULBARAN (V), residenciado en Lagunetica, Sector Mataruca, El Tigrito, Callejón Las Flores, casa Nro. 42, Los Teques, Estado Miranda, la comisión de los delitos de Robo Propio, previsto y sancionado en los artículos 455 del Código Penal y 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del adolescente;SEGUNDO: Se admiten toda.....