Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano HERNANDEZ JULIO, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nació el día 03-08-80, de 24 años de edad, residenciado en Charallave, Estado Miranda, hijo de JULIETA HERNANDEZ y Padre Desconocido, Titular de la Cédula de Identidad N°. 19.811.020, de conformidad con el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Conforme lo establecido en el articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, se prohíbe nueva persecución en el asunto penal N° 15-F7-827-01-I-CR, en contra del ciudadano JULIO HERNANDEZ.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese, remítase DOS .....