...PRIMERO: Se establece que el ciudadano YORMAN JOAQUÍN CASTRO PERNIA, cedula de Identidad No. V-19.387.905, tiene cumplida de la pena impuesta dos (02) años, cuatro (04) meses, cuatro (04) días y doce (12) horas, tiempo al cual se le debe sumar el lapso de Redención de Pena reconocido por éste Juzgado, en el día de hoy es decir, cuatro (04) meses, seis (06) días y doce (12) horas, de lo que se desprende, que tenía cumplido de la pena, dos (02) años, ocho (08) meses, once (11) días, y le falta por cumplir de la pena impuesta por el Tribunal in comento, cinco (05) años, tres (03) meses y diecinueve (19) días, razón por la cual, la pena principal y accesoria concluye en fecha: doce (12) de abril del año dos mil dieciséis (12-04-2016).
SEGUNDO: Igualmente el prenombrado ciudadano fue condenado a cumplir la pena accesoria establecida en el numeral 1 del artículo 16 del Código Penal, como lo es: INHABILITACIÓN POLÍTICA: mientras dure la pena, es decir, ocho (08) años de presidio, .....