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Decisiones del dia 14/07/2016

Formato:  Ficha  Lista

Corte de Apelaciones Sala 3. Sede en Ocumare del Tuy
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : MP21-O-2016-000022 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2016
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
DEFENSOR PUBLICO AUXILIAR SEGUNDO (2º)ABOGADO RAMON HERNANDEZ TINEO/ CIUDADANO VICTOR RAFAEL CARRERA GUTIERREZ
Resumen:
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, acuerda instar al abogado RAMON HERNANDEZ TINEO, Defensor Publico Auxiliar Segundo (2º) en Materia Penal Ordinario en Fase de Proceso, para que en un lapso preclusivo de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir del momento que conste en autos la notificación respectiva, en base de las consideraciones que anteceden, y a los fines de esta Corte pronunciarse en cuanto a la admisibilidad y resolución de la acción propuesta señale: 1- Descripción narrativa del hecho, acto, omisión y demás circunstancias que motiven la solicitud de amparo. 2- Cualquier explicación complementaria relacionada con la situación jurídica infringida a fin de ilustrar el criterio jurisdiccional, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley Orgánic.....
Juez/Ponente:
Orinoco Fajardo León
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 3. Sede en Ocumare del Tuy
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N° Expediente : MP21-O-2016-000021 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2016
Procedimiento:
Habeas Corpus
Partes:
DEFENSOR PRIVADO ABOGADO, LOMBARDO BRACCA LOPEZ/ PRESUNTO AGRAVIANTE: TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY. (SEGÚN LO ALEGADO POR EL ACCIONANTE). CIUDADANA YOLIMAR DELGADO MONTE
Resumen:
DISPOSITIVA Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, actuando en sede constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara competente para conocer y decidir de la presente solicitud de Acción Autónoma de Amparo para la Protección de la Libertad y Seguridad Personal (Habeas Corpus). SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la Acción Autónoma de Amparo para la Protección de la Libertad y Seguridad Personal (Habeas Corpus), interpuesta por el Abogado LOMBARDO BRACCA LOPEZ, INPREABOGADO Nº 15.508, quien alega actuar como de defensor privado de la ciudadana YOLIMAR DELGADO MONTES, cedulada Nº V-26.226.385, de conformidad con lo establecido en el artículos 18 y 19 de Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia c.....
Juez/Ponente:
Orinoco Fajardo León
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 3. Sede en Ocumare del Tuy
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N° Expediente : MP21-R-2016-000086 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2016
Procedimiento:
Sin Lugar, El Recurso De Apelación De Auto
Partes:
DEFENSOR PRIVADO ABG. JOSÉ ANTONIO MENESES ROJAS Y ABG. LORENA ISABEL REVERON TOVAR Y ABG. FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ RODRÍGUEZ/ FISCAL VIGÉSIMA QUINTA ABG. DERLY PIMENTEL/ IMPUTADOS: MARÍA BELÉN COSTA VIEIRA, JUAN ALEJANDRO RODRÍGUEZ OLIVEROS, MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ RÍOS, LEIDY YOHANA TORRES DE RUBIO Y LEONARDO DARWUIN MIJARES QUINTERO
Resumen:
CAPITULO VI DISPOSITIVA Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos interpuesto conforme a lo previsto en el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, por el ABG. JOSÉ ANTONIO MENESES ROJAS y ABG. LORENA ISABEL REVERON TOVAR, INPREABOGADO Nº 52.223 y Nº 126.372, respectivamente, en su condición de defensores privados de la ciudadana MARÍA BELÉN COSTA VIEIRA, antes identificada; en contra de la decisión dictada en fecha 25 de abril de 2016, fundamentada en fecha 02 de mayo de 2016; y Recurso de Apelación de Autos interpuestos conforme a lo previsto en el numeral 4 y 5 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, por el ABG. FRANCISCO JAVI.....
Juez/Ponente:
Omar Antonio Alcala Rodriguez
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 3. Sede en Ocumare del Tuy
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N° Expediente : MP21-O-2016-000022 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2016
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
CIUDADANOS ANDEIBYS JOSE RIOS MORAT Y MICHAEL ISRRAEL GAMEZ DEFENSOR PUBLICO AUXILIAR SEGUNDO (2º) ABOGADO RAMON HERNANDEZ TINEO/
Resumen:
"Articulo 18. En la solicitud de amparo se deberá expresar: 1) Los datos concernientes a la identificación de la persona agraviada y de la persona que actué en su nombre, y en este caso con la suficiente identificación del poder conferido. 2) Residencia, lugar y domicilio, tanto del agraviado como del agraviante; 3) Suficiente señalamiento e identificación del agraviante, si fuere posible, e identificación de la circunstancia de localización; 4) Señalamiento del derecho o de las garantías constitucionales violados o amenazados de violación; 5) Descripción narrativa del hecho, acto, omisión y demás circunstancias que motiven la solicitud de amparo; y 6) Cualquiera explicación complementaria relacionada con la situación jurídica infringida a fin de ilustrar el criterio jurisprudencial..." Al hilo de lo anterior Considera esta Alzada necesario señalar que la referida Ley Orgánica de Amparo sobre derechos y Garantías Constitucionales establece en su artículo 19 lo siguiente: ".....
Juez/Ponente:
Orinoco Fajardo León
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 3. Sede en Ocumare del Tuy
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N° Expediente : MP21-O-2016-000020 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2016
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
DEFENSORES PRIVADOS ABG. JOSE ANGEL RUIZ Y ABG. MERCEDES YARITZA VELASQUEZ SALAZAR / CIUDADANOS ANDEIBYS JOSE RIOS MORAT Y MICHAEL ISRRAEL GAMEZ ACOSTA
Resumen:
DISPOSITIVA Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, actuando en sede constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara competente para conocer y decidir de la presente solicitud de la acción de Amparo Constitucional. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ABG. JOSE ANGEL RUIZ INPREABOGADO Nº 44.497 y ABG. MERCEDES YARITZA VELASQUEZ SALAZAR INPREABOGADO Nº 121.119, alegando los accionantes actuar con el carácter de representantes de los ciudadanos ANDEIBYS JOSE RIOS MORAT y MICHAEL ISRRAEL GAMEZ ACOSTA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-25.562.909 y V-25.051.672, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Ga.....
Juez/Ponente:
Adrián García
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 3. Sede en Ocumare del Tuy
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