Decreta medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el 50% de los derechos de propiedad que tiene el demandado sobre el siguiente bien inmueble. Un lote de terreno que tiene un área de ciento seis metros cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (106,95 Mts2), aproximadamente, y la casa sobre el construida, situada en la Calle Federación, Distinguida con el N° 07, Barrio José Manuel Alvarez, Municipio Autónomo Carrizal, Estado Miranda