Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al Adolescente PROHIBIDA SU IDENTIFICACIÓN, Los Teques, Estado Miranda, por encontrarlo CULPABLE y en consecuencia penalmente responsable de los cargos imputados por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público, en la comisión de uno de los Delitos Contra La Propiedad (ARREBATON), previsto en el artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente para el momento de la aprehensión, actualmente tipificado en el artículo 456 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal) con las circunstancias agravantes dispuestas en el artículo 77 (numerales 5°, 8°, 12°, 14° y 19°) Ejusdem, y lo SANCIONA a cumplir las Medidas de 1.- Imposición de REGLAS DE CONDUCTA consistentes en: A.- Obligación de Incorporarse al Campo Escolar, consignando ante el Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal (Sección Adolescentes), la respectiva Constancia de Estudio y Notas Certificadas, B.- Prohibición de Portar Arma de Fuego o hacerse acompañar por p.....