UNICO: Ordena ratificar las comunicaciones dirigidas al Departamento de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de dar cumplimiento a la pena impuesta al ciudadano EDGAR ENRIQUE FUENTES MEJIAS, Venezolano, quien presenta como última dirección: Barrio Andrés Eloy Blanco, Calle Diego de Lozada, casa No. 07, parroquia 23 de Enero Caracas Distrito Capital, titular de la cédula de identidad No. 6.427.166, de conformidad con lo establecido en el articulo 367 en concordancia con el 512 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, librese el oficio correspondiente.