acordar la revisión de la medida, ya que es un Derecho de todo imputado, interpuesta por la Dra. LAURA O. DESLACIO B, Defensora Público, actuando en representación del ciudadano: JOSE GREGORIO SUAREZ, por lo antes expuesto DECRETA CON LUGAR LUGAR, la solicitud interpuesta por la defensa en cuanto al cambio de la imposición de la caución juratoria establecida en el artículo 259 del texto adjetivo penal y ratificando las contemplados en el artículo 256 ordinales 3, 6, eiusdem, ordenando su inmediata libertad.