CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JOSÉ MANUEL DE JESÚS GROSSO CARTUSCIELLO y NANCY VICTORINA SUMABILA SAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.940.456 y V-8.748.605 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha veintiséis (26) de Mayo de 1.994, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Guatire y Bolívar, Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, según consta de Acta N° 20 del Libro de Matrimonio llevado por ese Despacho durante el año 1.994.-