DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal declara la EXTINCION DE LA PENA PRINCIPAL Y ACCESORIA la ciudadana SIOLY JOSEFINA OSIO VERA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 46 años de edad, fecha de nacimiento: 30-06-1970, estado civil: soltera, de profesión u oficio: obrera, residenciada en Urbanización Ciudad Betania 1, Ocumare del Tuy, Estado Bolivariano de Miranda, hija de MARIA JOSEFINA VERA(V) de padre FREDDY OSIO NUÑEZ (V) y titular de la cédula de identidad Nro. V.....