III
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÙNICO: CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada en fecha catorce (14) de septiembre de 2015, por el Juzgado Primero Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, Sentencia N° 505, y su correspondiente corrección del error material mediante auto Nº 1446 de fecha 8 de octubre de 2015, los cuales fueron debidamente apostillados por la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la Republica de Panamá, en fecha 3 de agosto de 2015, bajo los Nº 0717 y 0716, respectivamente, mediante la cual disolvió el vinculo matrimonial que existía entre los ciudadanos ERNESTO LENIN PEDRAZA QUERALES y EILYN TERESA OLIVIER BENCOMO, a.....