, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el Articulo 185-A del Código Civil, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A presentada por los conyugues, ciudadanos ELIZMAR JOSELITH MOTA Y ALAN ADUARDO NUÑEZ VARGAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de cédulas de identidad N° V-16.810.398 y V-16.578.625, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado el 02 de diciembre del año 2010, por ante la Autoridad Civil del Municipio Tomas Lander, tal como consta en la copia certificada del Acta de Matrimonio anexa, al presente expediente, folio N° cinco .....