Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Decide: PRIMERO: RATIFICA el otorgamiento del BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a la penada: MARVI MARITZA LUGO, venezolana, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, nacida el 12-11-81, de 24 años de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.093.872, hija de Tomasa Lugo (v) y padre desconocido, residenciada en San Antonio de Yare, calle principal, casa S/ N°, del Estado Miranda. De conformidad con lo establecido en el Artículo: 495 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija como plazo del REGIMEN DE PRUEBA, el de DOS (02) AÑOS y SIETE (07) MESES, tiempo que es la pena impuesta, imponiéndosele durante ese tiempo las obligaciones siguientes: 1.- No salir de la ciudad o lugar de residencia, estando dirigida tal obligación que la mis.....