declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada en ejercicio LUISA ELENA LÓPEZ QUIJADA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadanos LUIS ARMANDO PALACIOS RAMÍREZ y MIRNA MARILIN JIMÉNEZ DE PALACIOS, contra el auto dictado en fecha 10 de diciembre de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques; y en virtud de ello, SE CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo el referido auto, a través de la cual se declaró SIN LUGAR la solicitud de reposición de la causa efectuada por los prenombrados al estado de admitir la reconvención propuesta por la ciudadana MARIELA MARTINHA ÁLVAREZ ANTOLINES, parte demandada-reconviniente, todos ampliamente identificados en autos, y a tal efecto, se ordena la continuación de la presente causa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimient.....