Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA del fallo dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, de fecha 24 de marzo de 2003, y en consecuencias ordena que la presente causa se ventile por ante un Tribunal de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, Extensión Barlovento, distinto al que conoció de la misma, a los fines de realizar la Audiencia en presencia de las partes, con el objeto de decidir en relación al otorgamiento de alguna Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 173, 190, 191, 195, 196 y 434 d.....