Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano RANDY CRISTIAN LIRA PAEZ identificado previamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º, 5°, 6° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Por el delito de ROBO GENERICO en grado de FACILITADOR previsto y sancionado en el artículo 457 en relación con el ordinal 3ero del artículos 84 todos del Código Penal. Se acuerda la aplicación del procedimiento Ordinario. Librense los oficios correspondiente, así como la boleta de presentación. Quedan notificadas las partes presentes en la audiencia. Regístrese, y remítanse las presentes actuaciones a la fiscalia una vez transcurrido el lapso para interponer los recursos de ley