SUSTITUCIÓN de la medida Cautelar prevista en el artículo 582, literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y del Adolescente, impuesta al adolescente antes mencionado, por la presunta comisión del delito de: OCULTACION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de: LA COLECTIVIDAD, por las medidas cautelares sustitutivas de libertad previstas en los literales "c, d, e y f" ejusdem, las cuales consisten en: 01) se le fija un régimen de presentaciones de cada quince (15) días, a partir de la presente fecha por ante la sede de este Despacho.