CAPÍTULO V
PARTE DISPOSITIVA DE LA SENTENCIA
Por los razonamientos de hecho, de derecho y doctrinarios antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela, de conformidad con los artículos 2, 26 Constitucional y 12 del Código de Procedimiento Civil y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por MARÍA EUGENIA CUBEROS LONDOÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.233.148, de este domicilio y civilmente hábil, representada por su apoderado legal Abg. PABLO ENRIQUE RUIZ MÁRQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.270; Contra RAFAEL ANTONIO RINCÓN MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.680.297, de este domicilio y civilmente hábil, representada por sus apoderados legales: Abgs. NEPTALÍ ESCALANTE y.....