emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA NO SUSTITUIR NI MODIFICAR LA MEDIDA de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA - IMPUESTAS al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado por la comisión de los delitos de: LESIONES GRAVES, previsto en el artículo 417 del Código Penal vigente para la fecha, en perjuicio del ciudadano ANTONIO IVAN HERNANDEZ, HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de FUENTES JESUS ALBERTO y HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÒN DE ROBO, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JOSE LUIS SANTAELLA, previstos en el artículo 408 ordinal 1º eiusdem, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 Literal "A" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Las partes quedaron debidamente notificadas de lo acordado en la audiencia de vigilancia y control de la sanción, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.......