en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA Y SANCIONA al adolescente IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, por la comisión del Delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal e impone una sanción, atendiendo la solicitud de la Defensa de un (01) año de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, un (01) año de LIBERTAD ASISTIDA y un (01) año de Imposición