Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por ciudadano JHON GUSTAVO PALACIOS venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-11.038.286, contra la ciudadana RUBIS CELESTE CASTELLANO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-13.233.122. Disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído en fecha 30 de agosto del 2002, ante el Registro civil del Municipio Independencia del Estado Miranda, la cual riela bajo el acta N° 071.