Se decreta la PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR del inmueble constituido por el apartamento distinguido con el Nº S-32, del Lote Etapa 5ª, ubicado en la segunda planta, del edificio S-1, del CONJUNTO RESIDENCIAL LA EXPLANADA, ejecutado sobre la parcela B-1 de la Urbanización Ciudad Residencial La Rosa, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda el cual tiene una superficie aproximada de SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (62,52 m2), y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Fachada Norte y escalera; SUR: Fachada Sur; ESTE: Apartamento T-33; y OESTE: Apartamento S-31. Al referido inmueble le corresponde un porcentaje de Condominio de Cero Enteros veintitrés mil ciento cincuenta diez milésimas por ciento (0,23150%) sobre los derechos, los bienes comunes, obligaciones o cargas de la comunidad de propietarios, y le corresponde además en uso exclusivo un puesto de estacionamiento de vehículo distinguido con la misma letra y nú.....