Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana DORYS TERESA COELLO ORTEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro V-5.146.158, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno privado, el cual tiene una superficie de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEITISEIS DECIMETROS (48,26 MTS2), en: Callejón Marrero, acceso con Calle Principal S/N, Lote 009, Barrio el Nacional, Sector los Mangos, Manzana Nro 004, Parroquia los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda; tienen un área de construcción de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON.....