en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos EUGENIA JOSEFA NAVARRO MORALES y JOSÉ IGNACIO SALAZAR PONTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio el primero y en Tenerife, España la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.369.272 y V-11.735.374 respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía