éste Tribunal Segundo de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Decreta que el presente procedimiento se siga por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y siguientes.
2.- Decreta para el imputado (a) GONZALEZ LINARES ROLANDO JAVIER , Medida Cautelar Sustitutiva de conformidad con establecido en el Ordinal 3ero del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo cumplir un Régimen de Presentación ante la Oficina del Alguacilazgo , con sede en este Circuito Judicial cada 15 días, los días Lunes, hasta tanto la Fiscal concluya con la investigación.