...dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la presente RECONVENCIÓN propuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO SCRIMALDI MALPA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-4.824.320, representante legal de la EMPRESA MERCANTIL FRENOS J J 320. C. A., Inscrita en el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 31-01-2006, bajo el Nº. 42, Tomo 585-A VII, parte demandada en el presente Juicio que por DESALOJO sigue en su contra el ciudadano CARLO CARULLI MANZARI, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-6.998.484, por no llenar los requisitos exigidos en el numeral 6° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano CARLO CARULLI MANZARI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.998.484; representado judicialmente por los profesionales.....