Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, actuando en sede constitucional Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SE CONFIRMA bajo los términos establecidos en la presente motiva, la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, la cual declaró Inadmisible la acción de Amparo Constitucional, incoada por el ciudadano DOUGLAS ARGIMIRO AGÜIN ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 9.255.712, contra la SUB REGIÓN DE EDUCACIÓN GUARENAS, en la persona de la Directora encargada ciudadana LIVIA ORIGUEN de CARDOZO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 10.097.624.
Segundo: Dada la naturalez.....