...este Tribunal DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SOBRE EL CINCUENTA POR CIENTO (50 %), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, sobre el siguiente bien inmueble: un apartamento ubicado en la Urbanización La Ponderosa, Parque Residencial Las Flores, Edificio Tulipán, piso 9, apartamento 93, Sector El Tambor de la carretera vieja que conduce a la ciudad de Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, el cual se encuentra a nombre del ciudadano LUIS ALBERTO VARGAS COLINA, demandado en la presente causa, según consta en copia certificada del documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro (hoy municipio Guaicaipuro) del Estado Miranda, de fecha 01 de diciembre de 1.993, registrado bajo el Nro. 31, Protocolo Primero, Tomo 20, el cual tiene una superficie aproximada de NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS (93,00 m2), el cual posee las siguientes dependencias.....