...por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se califica la FLAGRANTE LA APREHENSIÓN del hecho por el cual resultaré aprehendida la ciudadana : RODRÍGUEZ YELITZA YENIRETH venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 14-481.871., edad: 33 años de edad, residenciada: barrio parque Sur, sector el hato; calle florentino, casa sin número, Paracotos, Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda, teléfono: 0426-913,1810, Y NEIRA SÁNCHEZ RIÑA BERLINA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17.651.743, edad; 27 años de edad, residenciada; residencia barrio parque del sur, sector l hato, calle; enlace norte con Pedro Negrón casa 327, Paracotos, Paracotos. Estado Miranda, teléfono: 0424-994-4492.
SEGUNDO: Estima el Tribunal que los hechos se subsumen en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES RECIPROCAS EN RIÑA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 413 EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 425 DEL CÓDIGO PENAL, acogiendo este Tribunal la precalificación dada a lo.....