Por todas las razones antes expuesta este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE.- PRIMERO: DECLARA ILEGAL LA DETENCION del ciudadano ANDERSON ENRIQUE CACERES, natural de San José de Rió Chico, Estado Miranda, de 19 años de edad, soltero, manifestó ser titular de la cédula de identidad No. V-18.714.809, de profesión u oficio estudiante, hijo de los ciudadanos CARMEN CACERES (v) y padre desconocido, residenciado en Barrio Pan de Azúcar, sector 24 de Julio, casa N° 213, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda y en consecuencia SE ORDENA SU INMEDIATA LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las demás normas antes comentadas, a que se hicieron refere.....