CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos PIERANYELA RODRÍGUEZ Y ARCADIO GUERRA, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009,DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor dela ciudadanaNANCY ESTHER HERNÁNDEZ DE VALLEJO, titular de la Cedula de Identidad N° V-22.567.018, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de propiedad privada que son o fueron de SOCIEDAD MERCANTIL INMUEBLES AGRICOLA, C.A., (INGRICA), ubicado en el sector Jabillito, calle Miranda, el Serrucho, Casa Nº76-A,Charallave, Municipio Cristóbal Ro.....