-III-
DISPOSITIVA
-DECISION-
En fuerza lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial, Estado Bolivariano de Miranda. Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos: MARGARITA HEREDIA DE GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.220.738, y ALEXANDER ANTONIO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.820.858. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, según acta de matrimonio inserta en los libros llevados por esa Oficina de Registro Civil, Municipio Acevedo, estado Miranda, acta Nº 17, folio Nº 17, de fecha veintiocho (28) de agosto de mil novecientos setenta y cinco (1975), a partir de que la presente quede definitivamente firme; ahora bien de conformidad con lo establecido en los artículos 101 numeral.....