: se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada YRAIDA RODRIGUEZ DE MORAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.604, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en el juicio que por Querella Interdictal Restitutoria por Despojo, incoaran los ciudadanos TANNAUS TAUFIC SUCCAR SUCCAR y NABIL TANNAUS SUCCAR SUCCAR, en nombre y representación de la Compañía Anónima INVERSIONES RAMASU, todos identificados.
Segundo: Se CONFIRMA en todas sus partes la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
Tercero: Se condena en costas del recurso de conformidad a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, a la.....