Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, toda vez que la misma presenta la identificación del imputado y defensas, una relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos punibles que se le atribuyen a los imputados, establece los elementos de convicción, hace análisis de los hechos la expresión de los precepto jurídicos aplicables, medios de prueba indicando necesidad y pertinencia de los mismos y la Solicitud de Enjuiciamiento, en tal sentido visto que las presentes acusaciones reúnen los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de los hechos, en contra del ciudadano EDWIN ISRAEL LA ROSA FLORES, por la comisión de los delitos CORRUCCION PROPIA, previsto y sancionado en el artículo 64 de la Ley Contra la Corrupción; EVASION FAVORECIDA POR FUNCIONARIO PUBLICO, revisto y sancionado en el artículo 265 del Código Penal; OCULTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en .....