Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
DECLARA: SIN LUGAR la cuestión previa establecida en el artículo 346, ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, referente a la competencia por la materia, para conocer del presente juicio, opuesta por la ciudadana GLORIA MARIA ARAUJO VILORIA, venezolana, y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.028.818, en el juicio de PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD ORDINARIA, incoado por el ciudadano LUIS ALFREDO HERNANDEZ VALERA, venezolano, y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.328.437. Se advierte expresamente a las partes que una vez quede firme la presente decisión, la contestación tendrá lugar dentro de los cinco días de despacho siguientes a la resolución del Tribunal, si no fuere solicitada la regulación de la competencia, de conformidad con lo establecido e.....