...ÚNICO: Se declara con lugar la solicitud llevada a la consideración de este órgano jurisdiccional por la Dra. CARMEN TOVAR, defensora pública del ciudadano LEOBARDO JESÚS RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad personal número V-12.047.596, en cuanto a ser revisada la medida de coerción personal, en la modalidad de presentación de una (01) personas que se constituya en fiador, que como medida cautelar sustitutiva a la privación preventiva de libertad fuera impuesta al precitado en data 22-01-2011, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 9, 243, 244, 246, 247, 256 numeral 8, 257 numeral 3 y aparte primero, 258 y 263 ejusdem, se acuerda tal revisión de medida, modificándose la exigencia de monto en cuanto a la capacidad económica que debe acreditar el fiador, la cual se fija en SETENTA (70) UNIDADES TRIBUTARIAS, debiendo presentar a tales efectos, cédula de identidad laminada, constancia d.....