...este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho las pruebas documentales promovidas en los numerales primero, segundo, tercero, quinto, sexto, séptimo, noveno, décimo, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero, contenidas en el CAPÍTULO I de dicho escrito, por no ser ilegales, ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva. En lo que respecta a las pruebas documentales contenidas en el mismo escrito del CAPITULO I, en los numerales cuarto, octavo, décimo cuarto, décimo quinto, décimo sexto, décimo séptimo, décimo noveno (sic) octavo, décimo cuarto (sic) noveno, décimo quinto (sic) vigésimo, este Tribunal niega la admisión de las mismas, por cuanto no fueron promovidas en el libelo de demanda, tal como lo establece el artículo 864 del Código de Procedimiento Civil. En lo concerniente a las pruebas documentales promovidas en el libelo de la demanda cursantes del folio cincuenta y cuatro (54) al folio cincuenta y ocho (58), ambos inclusive, este Tribunal las admite c.....