Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en
Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con los artículos 330 ordinal 6º y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, declara culpable y en consecuencia CONDENA a la ciudadana YARITZA COROMOTO MOLINA, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.889.049 a cumplir la pena UN (01) AÑO DE PRISION, y las accesorias de ley de los artículos 16, 34 del Código Penal y 265 del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a los artículos 457, 80 segundo aparte, 82, 37 todos del Código Penal y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA previsto en el artículo 464 último aparte del Código Penal, hecho cometido en perjuicio de WILFREDO ELEAZAR TREJO, titular de la Cédula de Identidad N° 6.185.271. Remítase en su .....