CONDENA al ciudadano EDUARDO JOSE DIAZ RODRIGUEZ, quien es venezolano, natural de Caracas, fecha de nacimiento 07-07-75, de 34 años de edad, soltero, comerciante, hijo de Carmen Emilia Rodríguez (f) y de Hugo Rafael Díaz (f) residenciado en casa K6-B, Urbanización palo Alto, sector Castillejo, Municipio Zamora del Estado Miranda, y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.394.577, a cumplir pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable de la comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, delito previsto en el artículo 470 del Código Penal, en relación con el artículo 74 ordinal 4º, 376 del Código Orgánico Procesal Penal, pena que cumplirá en los términos que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente