...en el auto que antecede de fecha veintisiete (27) de octubre de 2003, por error involuntario se omitió el emplazamiento del ciudadano ASPURU PAULINO DE JESÚS, en su carácter de parte demandada, en consecuencia este Tribunal deja SIN EFECTO el mencionado auto...
...este Tribunal REPONE la presente causa al estado de nueva admisión de la demanda y por cuanto el libelo de demanda y su reforma, presentada por el abogado ADRIAN NICOLAS GUGLIELMELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.980 no son contrarias a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITEN en cuanto ha lugar en derecho, y de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Abogados, en concordancia con el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, emplácese a la parte demandada en la persona de los ciudadanos ALFONSO RAMON CORDIDO JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.756.317 y PAU.....