DECLARA CON LUGAR, la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, interpuesta por el Dr. RAMON PASTOR CHAVEZ, actuando en su carácter de defensor público penal de los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA, a quienes se les sigue causa signada con el Nº 1C 2407-12, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de EUNICE RIASCO MONTAÑO, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que le fuera impuesta al adolescente en Audiencia de Presentación celebrada en fecha 20 de Noviembre de 2012, prevista en el literal "G" del Artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por otra menos gravosas, específicamente la del literal "C" ejusdem, la cual consiste en la obligación de presentarse por ante la sede de este mismo Tribunal Primero de Control, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Guarenas, cada treinta (.....