Por las razones expuestas este Tribunal Primero en Función de Control. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los ciudadanos: CASTILLO ROMERO INGEMAR EMILIO, Venezolano, nacido en fecha 31-07-81, de 21 años de edad, de estado civil soltero, con cedula de Identidad N° 15.315.147, residenciado en Río Negro, Calle de Piedra, Casa N° 32. Estado Miranda, hijo de Maryori Castillos (v) y de Armando Castillo (v). A Cumplir la pena de TRES (3) AÑOS, NUEVE (9) MESES por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, Tipificados y sancionados en los artículos 460 en relación con el 80 y el 278 todos del Código Penal Y MAYORA NOEL JOSE