emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el proceso penal seguido al acusado ciudadano JOSE LUIS BLANCO GOMEZ, venezolano, nacido el día 01/10/68, de 40 años de edad, soltero, profesión u oficio Conductor, hijo de Ana Gómez (V) y Juan Blanco (V), residenciado en: Valles del Tuy, Cartanal, Sector 5, N° 108, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad numero V- 10.046.417, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL A TITULO DE DOLO EVENTUAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, y SE EMPLAZA A LAS PARTES para que en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el Tribunal de juicio correspondiente