emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano DANNY GABRIEL YANEZ REQUENA natural de Caracas, nacido el día 22-08-1989, de 23 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V.19.649.830, de profesión u oficio Moto taxista, de Néstor Yánez (v) y Milagros Requena, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS SEIS (6) MESES DE PRISION por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 80, ambos del Código Penal .
SEGUNDO: Se condena al acusado DANNY GABRIEL YANEZ REQUENA natural de Caracas, nacido el día 22-08-1989, de 23 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V.19.649.830, de profesión u oficio Moto taxista, de Néstor Yánez (v) y Milagros Requena, a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al acusado DANNY GABRIEL YANEZ REQUEN.....