DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos JESUS ALEJANDRO HERNANDEZ, venezolano, natural de Caracas, el día: 02-01-86, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.155.527, de estado civil soltero, de profesión u oficio: piñatero, hijo de: Jesús Hernandez (v) y Maritza Zapata (v ) , residenciado en: Terraza N° 14, casa 16, cerca de la Rosa, Guatire, y ENDER RAMON CARVAJAL ORTEGA , venezolano, natural de Guatire, el día: 03-03-83, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.934.615, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Comerciante informal, hijo de: Jesús Roberto Ortega (v) y Bestalia Carvajal (v ), residenciado en: Sector Terraza N° 14, casa 23, cerca de La Rosa Guatire, Estado Miranda, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto (s) y sancionado (s) en el (los) artículo (s) 458 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 del Código Orgán.....